LA VOZ y la opinión


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Acerca de la ley del padre
Por Dra Mirta Noemí Cohen(1)
stein@datamarkets.com.ar
La importancia de la ley está marcada por el padre que es quien prohíbe el incesto y da apertura a la exogamia. ¿Qué quiere decir esto? El padre es el que le dice al niño que la mujer que está con él es la madre y por lo tanto está prohibida para él, le dice, “con esta mujer, no” . Si quiere hacer un hogar el joven, tiene que salir a buscar afuera una mujer para no quedarse atrapado con la madre que tendería naturalmente a retenerlo. Es indispensable la presencia de un hombre en el círculo familiar que ponga un límite a los hijos que de otro modo querrían quedarse aferrados a la madre indefinidamente. Es el padre quien funda un sistema normativo que distancia al niño del goce, placer masoquista, de quedarse encerrado con su madre para siempre. El goce es una sensación de plenitud sin límite que provoca un profundo dolor vivido con placer.
Es la madre la que autoriza o desautoriza la palabra del padre. Se preguntarán ¿Y cuando no hay padre porque ha fallecido o está lejos y no se hace cargo de sus hijos? En estos casos como bien lo enuncia el Dr. Milmaniene en su libro “La función paterna” otro puede ocupar el lugar del padre ya que lo importante es que la función esté cubierta por alguien representativo para la madre, puede ser un hermano de la madre, un hijo mayor o un buen amigo de la familia que sea valorado por la madre que es quien lo va a autorizar como tal. El problema aparece cuando el padre lejos de ser una figura rectora, es el primero que infringe la ley y da lugar a una progenie perversa y desorientada.
Para el judaísmo, la ley estaría representada por Moisés portando las tablas, es el mito fundante del orden que debe imperar para el desarrollo de la humanidad, sin embargo también Moisés en un momento se confunde y cree que es la ley. El origen del mito de la ley está narrado en Exodo 19-20, allí encontramos que Dios le ordenaría a Moisés acercarse a la montaña de Sinai con su hermano Aarón, donde recibiría las leyes, que regirían la vida del pueblo hebreo en adelante. En ningún momento se habla de tablas, lo que si se recalca es que Moisés debe esta solo para escuchar lo que Dios tiene para decirle. Cuando dice que Dios se le acerca es porque el pueblo vio que bajó una nube y luego Moisés escuchó las leyes, este no fue un escuchar común sino un entender así narrado en el capítulo 19-18: “Y el Monte Sinai humeaba todo el, porque había descendido Adonai con fuego, ascendía su humo cual humo de horno y se estremeció toda la montaña mucho” (2) Dios aparece bajo humo y fuego porque es sagrado y el hombre no se le puede acercar ni lo puede tocar. Todo el capítulo 19 de Exodo narra como fue ese encuentro entre Dios y Moisés, siempre entendido como un encuentro metafórico. Dios bajó a Moisés y Moisés se elevó para acercarse a la divinidad. Lo que si se aclara muy bien en la Biblia es que Moisés fue el único que tuvo tal acercamiento. Hay distintos modos de clasificar a las leyes de la Torá. Algunos la dividen en lo que se debe hacer y lo que está prohibido, otros en obligaciones para con Dios y para con el hombre y una tercera categoría divide la Torá en creencias y acciones. Muchos talmudistas sostienen que los dos primeros mandamientos fueron escuchados por todo el pueblo mientras que los demás, no. Vemos entonces que, tanto Moisés como todo el pueblo, aceptaba la ley como algo divino, nadie, ningún ser humano podía adjudicarse el lugar de la ley. Queda entonces claro que para el judaísmo Moisés es el único personaje en la Biblia que tuvo un acercamiento divino. Moisés es “el legislador” del pueblo pero, no es la ley, no la encarna. Hasta tal punto es así que, cuando Moisés se confunde y se enoja con el pueblo porque lo desoye Dios lo castiga negándole el acceso a la tierra prometida. Este hecho remarca la diferencia entre la palabra de Moisés y la palabra de Dios.
Este comienzo marca una diferencia fundamental entre otras culturas y la judía porque esta última se enmarca siempre dentro de una ley que es sagrada y la constituye. Por otra parte rechazar el libro, negarlo, destruirlo, como lo hizo Moisés la primera vez, sería desoír la voz del padre, no aceptar la ley. El mesianismo sería la ideología del rechazo de la castración porque implicaría la existencia de un padre absoluto, no castrado, perverso que no estaría afiliado a una ley. La filosofía judía, conceptualizada por Maimónides deja en claro que el Mesías sería una situación de paz en el mundo y no la encarnación de todo el poder en una persona.
La idea del Mesías es uno de los mitos mas importantes de la humanidad y no es casual que haya aparecido en todos las épocas en que hubo inquietud y abatimiento. No es casual que apareciera en diferentes culturas esta especie de “Gran Hermano” como supo llamarlo Jacob Frank, el escritor Orwell en 1984, y tantos escritores de ficción hasta la reciente película Matrix. La idea del Mesías es la idea de materializar en alguien todo el poder de una ley no ley, deshumanizada egoísta y cruel. La ley mosaica expresa por su parte todo lo contrario ya que el mesianismo se presentaría como la abolición de la ley de Dios. La idea mesiánica sería que, ahora sufrimos de los límites de una vida acotada que se acabaría con la llegada del Mesías, reprimiríamos impulsos para que el día que llegue se diera rienda suelta a todas las perversiones e iniquidades, en una especie de jolgorio gozozo. Dentro del judaísmo hubo muchos que se creyeron Mesías y cambiaron la vida de estudio y moderación por el abuso y el desenfreno, los mas conocidos fueron Shabetai Tzvi y Jacob Frank. (3) Estos hombres manifestaron su perversión nominándose Mesías y con ello llevaron a cabo todo tipo de iniquidades hasta llegar a la conversión. Todos los fundamentalismos apoyan su creencia en la idea de un ideal que aparezca y los lleve en andas a un mundo mejor, fantasía edénica que tiene mas que ver con un deseo infantil de volver al útero materno, que a una realidad común.
Para el judaísmo la Biblia es la ley escrita por excelencia pero también hay una ley oral que habría servido de base a la ley escrita y que no desapareció. Cuando se escribió la Biblia se omitieron detalles que sobrevivieron como ley oral pero con el tiempo y ante la dispersión del pueblo judío se compendiaron en la Mishná. Antes de que Moisés escriba la ley, ya existía una ley que era oral. Cuando Moisés hizo las escrituras omitió muchas cosas que fueron transmitidas oralmente y que después fueron compendiadas en lo que se llamó Mishná y Talmud.
Talmud significa “estudio” y se compone de dos partes: la Halajá y la Hagadá. En la Halajá se explican las leyes de la Torá y, en la Hagadá, se encuentran parábolas y máximas que ejemplifican metafóricamente lo que se estudia en la Halajá, a la que tienen acceso sólo los grandes estudiosos. Es interesante observar que muchos estudiosos consideran al talmud de Jerusalén superior al babilonio arguyendo que hubo frivolización en la trasmisión y el aprendizaje y es por eso que no toman en cuenta los estudios más recientes. El Talmud no es una obra escrita de una vez , sino una recopilación de toda la jurisprudencia hebrea. El Talmud de Jerusalén se terminó en el año 230 de la Era cristiana, y el de Babilonia en el año 367, por eso es mas rico, vasto y consultado. El Talmud surgió como una necesidad de ser compendiado a partir de la diáspora.
Las leyes del Talmud son muy claras por ejemplo una mujer viuda o divorciada goza de la plenitud de sus derechos. Tiene derecho a alimentos a costa de la sucesión del cónyuge, y debe tener una vivienda honorable de acuerdo a su rango. Si el esposo se ha ido al extranjero y no se sabe nada de él o ha desaparecido, no puede la mujer volver a casarse hasta tener la certeza de que él ha muerto. Es una aguná, o sea que tiene la posición real de una viuda sin tener su posición jurídica. El levirato también conocido en Grecia y en la India, era la obligación de la viuda de casarse con su cuñado si no tenía hijos del esposo, para que se propague el nombre en Israel. Si por algún motivo este casamiento no se llevaba a cabo, ella tenía que desatar un zapato del cuñado y escupirle en la cara y en ese momento adquiría ella su libertad para casarse con otro. La función del Levirato era, obtener un vástago que herede los bienes del difunto pero también proteger a la mujer de la miseria en la que podía caer una vez fallecido el esposo.
La mujer divorciada y la viuda eran análogas. El hombre tenía que contribuir al soporte de su ex consorte cuando ella carecía de bienes. Tenía que pasar al menos tres meses para casarse. No podía volver a casarse con el mismo esposo, si ella se había casado y enviudado no podía volver al primer hombre porque era impura para el marido. ¿por qué impura? Porque en esa época, la única causal de divorcio era el adulterio. Los menores de 6 años quedaban al cuidado de la madre, en caso de divorcio. Los esposos podían volver a juntarse siempre y cuando el divorcio no hubiere sido por adulterio, esterilidad, o si la mujer se había vuelto a casar. La mujer podía llevarse todos los bienes que aportó al matrimonio e incluso ganancias que hubiese adquirido después del casamiento.
Era necesario en el divorcio, el consentimiento de ambos cónyuges. Si después de 10 años de matrimonio no tenían hijos, podían separarse. Ella se podía volver a casar, y si tampoco tenía hijos, el esposo tenía derecho a repudiarla y ella no podía casarse más. En cambio, si el estéril era el hombre la mujer podía demandar su separación antes de los 10 años de matrimonio. Todas estas leyes nos muestran claramente que la legislación judía no se limita al respeto del sábado o al kashrut sino que ha sido desarrollada por los talmudistas para proteger a los ciudadanos.
Dice Hobbes en Leviatan que el conocimiento de la ley civil pertenece a cualquier hombre y no es consejo sino mandato del gobierno hacia el pueblo. La ley sería el conjunto de reglas que la república ha ordenado mediante la palabra, la escritura u otro signo, para la distinción de lo justo y lo injusto. El legislador hace las leyes y, es aquel por cuya autoridad continúan siendo leyes y, su intención es la equidad pero, el juicio de lo que es razonable y de lo que debe ser abolido sólo pertenece a la asamblea soberana o al monarca. El poder soberano obliga a aceptar las leyes y a castigar a los que no la cumplen. Hay una ley civil que es escrita y una ley natural que no es escrita, no necesitan promulgación o publicación, existen desde toda la eternidad porque son mandamientos de Dios como los que recibió Moisés en Sinaí.
Evidentemente las leyes civiles se hicieron para restringir la libertad natural de los hombres a fin de que no puedan herirse sino ayudarse y unirse frente a un enemigo común. La ley no tendría nunca que oponerse a la razón y, si hubiere una contradicción la razón las suprimiría en la interpretación. Ya que la ley no es la letra sino acorde con la intención del legislador es un mandato y consiste en una declaración o manifestación de quien manda mediante viva voz, escritura u otro signo. Por otra parte sólo es ley para quien tuvo medios de conocer su existencia, no hay ley para niños e insanos porque no tienen poder de hacer pactos o para comprender consecuencias. Cualquier hombre que carezca de medios para conocer la existencia de una ley resulta excusado si no la observa porque esa ley no es ley para él. Sabemos que en todas las culturas las leyes se escribían en verso para que fuera fácil recordarlas y pudieran repetirlas de memoria y nadie tuviera la excusa de desconocerlas por su analfabetismo o falta de difusión. Debía haber signos de que la ley provenía de la voluntad del soberano para que ningún hombre tuviera duda de su legitimidad.
En la familia es el padre sostenido por la madre quien recuerda y reafirma la ley y cuida que se cumpla, cuando esto no sucede adviene la locura.


(1) stein@datamarkets.com.ar
(2) Edery,Mordechai
(3) Para ampliar esta información se puede consultar el libro de Gerard Hadad Los biblioclastas, edit. Ariel, BsAs, 1993.


Dra. Mirta Noemí Cohen, psicoanalista, miembro didacta de APA.
stein@datamarkets.com.ar


Octubre/Noviembre 2004 - Jeshvan 5765
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