Recientemente el Tribunal que lleva adelante el juicio por la supuesta conexión local del atentado, ha decretado la nulidad de los artículos 1, 3, 4 y 5 del decreto del Poder Ejecutivo Nacional nº 41/03 y consecuentemente, de la Reso-lución nº 2/03 del Se-cretario de Inteligencia de la Presidencia de la Nación. Como consecuencia de ello los agentes de inteligencia CARLOS MARIA PABLO LAVIE, JORGE NORBERTO IGOUNET, JUAN CARLOS GERVASONI, JORGE NICOLÁS BOUZAS, NESTOR RI-CARDO HERNÁNDEZ, JUAN CARLOS ANCHEZAR, RODRIGO TORANZO, DANIEL RICARDO ROMERO y JOSE TOMAS ALBA POSSE, deberán declarar como testigos en la causa y sin posibilidad de ampararse en el secreto de sus actividades. En líneas generales CARLOS MARIA PABLO LAVIE, JOSE TOMAS ALBA POSSE Y JUAN CARLOS ANCHEZAR, deberán explicar cómo es que la Dirección Observa-ciones Judiciales de la SI-DE ordenaba "pinchar" teléfonos sin orden judicial alguna. Como así también por qué el producido de esos cassettes jamás llegó a la causa AMIA ni a ninguna otra. Esto cobrará mayor importancia luego del reciente pedido de captura internacional dispuesto por el juez Galeano a personajes tales como MOSHEN RABBANI, a quien los a-gentes venían pinchando sus teléfonos como los de su entorno antes, durante y después del atentado. ¿Cuál habrá sido el motivo por el que la SIDE ocultó y manejó a su arbitrio el producido de dichas escuchas telefónicas? ¿Qué habrán querido controlar o impedir que se supiera? También deberán dar explicaciones sobre cómo intervinieron el teléfono particular de CARLOS TE-LLELDIN antes que se supiera que el mismo había sido quien entregara la ca-mioneta. Eso sí, a CARLOS MARIA PABLO LAVIE las cosas se le pueden llegar a complicar ya que hace poco en la causa que por las irregularidades en la instrucción de la causa AMIA lleva el juez Claudio Bonadío, afirmó bajo juramentó que la Dirección de Observacio-nes Judiciales a su cargo JAMÁS había intervenido teléfonos sin la correspondiente orden judicial, lo que quiere decir que para no caer en falso testimonio deberá acompañar cuando declare copia de los oficios judiciales que ordenaran la intervención de los teléfonos de la embajada de Irán un mes antes y el mismo día de atentado, como así también los que hacen al entorno del hoy buscado MOSHEN RABBANI. Pedidos judiciales que día de hoy NO EXISTEN. También junto a JOR-GE IGOUNET deberán testificar por los 66 cassettes de Telleldín que al igual que el POC de la Policía Federal, destruyeran. ¿Dirán quién ordenó esa medida? A su vez JORGE BOUZAS - actual delegado de SIDE en el Paraguay-, seguramente será preguntado por los entretelones de la entrega de Telleldín cuando éste se encontraba en Misiones dispuesto a cruzar al Paraguay. ¿Dirá realmente cuales fueron las condiciones? ¿A cambio del silencio de TELLELDIN, la SIDE le habrá ofrecido protección? ¿Los cassettes que se ordenaran destruir, registrarían esos diálogos?, sólo la SIDE lo sabe. Por último, seguro que a DANIEL ROMERO le preguntarán si es cierto que el ex capitán VERGES le ofreció dinero a TELLELDIN para que implicara a unos libaneses y así cerrar la causa.• © LA VOZ y la opinión.
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