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Justicia: Por Contrabando de Armas y El Atentado a la AMIA
Suiza investigará a Carlos Saúl Menem
La Justicia suiza investigará al ex presidente Carlos Menem por sus presuntas conexiones con el contrabando de armas a Ecuador y Croacia, y el atentado de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) en Buenos Aires, pero no por corrupción, según se desglosa de un documento oficial del Con-sejo Federal de Suiza, al que tuvo acceso la agencia France Presse.
Se trata de la respuesta del Consejo Federal a la interpelación parlamentaria enviada el pasado octubre por el diputado federal de Ginebra, Christian Gro-bet, quien preguntó al Po-der Ejecutivo qué medidas había tomado para garantizar que las peticiones de ayuda judicial enviadas por Argentina fueran satisfechas.
La respuesta que hoy se conoce lleva fecha del 19 de noviembre de 2003, agregando que otros cuatro diputados federales respaldaron la interpelación de Christian Grobet, y exponiendo claramente que sólo hay dos procedimientos 'distintos' en curso para satisfacer a los requerimientos de Argentina, sin mencionar ningún la co-rrupción.
Uno es 'contra Menem y otras personas de su entorno, bajo la sospecha de contrabando de armas hacia Ecuador y Croacia', y otro sólo contra Menem, 'sospechoso de haber recibido 10 millones de dólares del Gobierno iraní para excluir cualquier implicación de las autoridades iraníes en el atentado cometido en 1994 contra los centros judíos de la DAIA y la AMIA en Buenos Aires'.
De este modo, Suiza no entra en materia sobre las comisiones rogatorias notificadas por el juez federal de Buenos Aires, Norberto Oyarbide, quien investiga al ex presidente Menem por haber omitido declarar que tenía una cuenta en Suiza, sobre quien pesa la carga de un presunto enriquecimiento ilícito, que ha merecido su inculpación por la Cámara Federal de Buenos Aires.
Según ciertos especialistas suizos, la negativa helvética puede, en parte, deberse a que no declarar una cuenta puede deberse para ocultar fondos con el objeto de eludir el pago de impuestos y el delito fiscal no existe en Suiza ya que es una falta administrativa redimible por multa, por tanto el exhorto no es preceptivo.
Por otro lado, señalan que la infracción del enriquecimiento ilícito tampoco figura en el Código Penal de Suiza, en línea con el razonamiento jurídico que impera en este país que para haberse enriquecido ilegalmente es imprescindible haber cometido un delito anterior como el robo o la corrupción, y que si no se indica claramente ese aspecto la demanda no es aceptada.
Pero el experto Roberto Zimmerman, en su libro 'La cooperación judicial in-ternacional en materia pe-nal', citando abundante ju-risprudencia helvética, afir-ma que el juez local no está obligado por la tipificación de los delitos que le llegan del extranjero, pudiendo cambiar la calificación se-gún su propia ley y en base a los hechos que le son relatados del exterior. •

Servicio de Prensa

Enero / Febrero 2004 - Shvat 5764
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