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Editorial
El Faraón de Hebraica

Por Daniel Schnitman
dasch@movi.com.ar
No sólo de la asimilación o el odio antisemita debemos cuidarnos los judíos.
Debimos enfrentar al opresor en Egipto, pero para dejar de ser esclavos definitivamente, debemos liberarnos de nuestros propios faraones.
Desde estas páginas hemos intentado desenmascarar a algunos dirigentes judíos que se sienten omnipotentes y ejercen sus funciones para su provecho, sin pensar que su puesto los obliga a defender los intereses de los asociados, dejando de lado todo personalismo o ambición particular.
El caso del actual presidente de la Sociedad Hebraica Argentina, (una de las instituciones comunitarias de mayor prestigio) es otro ejemplo de autoritarismo, so-berbia y quizás, de dolo.
En la Asamblea extraordinaria que se celebró en el club Hebraica el pasado 28 de mayo de 2003, se sucedieron algunos he-chos que fueron denunciados ante la Ins-pección General de Justicia.
Los socios vitalicios Oscar Murmis y Hedda Maria Gabay informaron que fueron convocados a dicha Asamblea donde se trataría como uno de los puntos del Orden del día, la determinación de una cuota extraordinaria por un período de treinta y seis meses.
La misma sería de $20 para los socios activos y vitalicios, más $10 para el llamado “fondo de Seguridad”, lo que hacía un total de $30.
En dicha Asamblea, el Sr. José Scaliter, presidente de la entidad informó que la Ple-naria (Consejo directivo y Consejo consultivo) había resuelto no aplicar a los socios activos dicha cuota extraordinaria, porque en el proceso computarizado de liquidación de cuota se hacían las imputaciones conducentes a que los socios activos continuaran abonando la misma cuota que hasta ahora.
Según Murmis y Gabay, lo anterior no sólo es violatorio de lo establecido en el ar-tículo 10 del Estatuto, sino que tenía como objetivo volcar el voto de los socios activos hacia la aprobación de dicha cuota extraordinaria.
Pero esto no es todo, o mejor dicho, no es nada, si consideramos que el resultado de la votación nominal dado por el Pre-sidente no coincidía con las anotaciones que habían efectuado varios socios, lo que llevó a que se produjera un gran tumulto en el recinto.
Otro asociado, Felipe Schvartzman, pidió que ese considere de nulidad absoluta la Asamblea por infracción a varios artículos de los Estatutos de la S.H.A, agregando que, en realidad la constitución de dicha cuota iba a ser destinada a enjugar el déficit social.
Poco tiempo después, tanto Murmis co-mo Gabay cambiaron el pedido inicial de nulidad por el de declaración de Irregular e Ineficaz a los efectos administrativos.

El Fraude

El cómputo efectuado por la entidad no coincidía con el efectuado por los asociados.
También se infligió el art. 82 ya que votaron los miembros de la Comisión Directiva en asuntos relacionados con su gestión y, para colmo, se contravino el art.10 del Estatuto Social por cuanto la cuota extraordinaria se quería aplicar solamente a los socios vitalicios.
En vista de estas irregularidades denunciadas la Justicia realizó una inspección a la sede del club, dónde se observó que:

1) Llevan dos libros de Registro de asistencia.
2) En el libro Copiador de Registro de Asociados, figuran los ingresos de nuevos socios, pero no las bajas de socios ni el pago de cuotas sociales.
3) Los socios abonan $30 por mes, o sea que los vitalicios pagan $30 y no $20 como se resolvió en la Asamblea.

Por ello, la entidad, en forma encubierta, ha impuesto indiscriminadamente el pa-go de una "cuota extraordinaria" solamente a los socios vitalicios, cuota que serviría para ayudar a solventar el déficit de la entidad, cuando, por otra parte, procede a rebajar la cuota de los socios activos en forma encubierta.
En base a estos hechos, el Inspector General de Justicia, Dr. Ricardo Augusto Nissen firmó una resolución que lleva el N° 000197, de fecha 24 de febrero de 2004 que "Declara irregular e ineficaz a los efectos administrativos la Asamblea General Extraordinaria celebrada en la Socie-dad Hebraica Argentina y consecuentemente la cuota extraordinaria im-puesta a los socios vitalicios" y, continúa la resolución judicial: "Aplicar a la entidad la sanción de una multa de pesos dos mil ($2000) por las irregularidades detalladas" y, finalmente "Intimar a la S.H.A. a que informe en autos el motivo por el cual la institución lleva dos libros de Registro de Asistencia". También "Requiere al Departamento Contable que verifique los cuatro últimos balances del club a fin de determinar si el déficit se produjo durante la gestión de las actuales autoridades".
Este expediente, puede ser visto por quien lo desee bajo el número:
36033/350790/1065, caratulado SOCIEDAD HEBRAICA ARGENTINAS /DENUNCIA".•
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Abril 2004 - Nisan 5764
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