Comentario especial de Carolina Serjai (*)
Cuando se tratan las diferentes problemáticas de la sociedad, surge inmediatamente la preocupación hacia los niños y los adolescentes, quienes son considerados “objetos”, simples “cosas”, meros objetos de tutela de derechos; cuando en realidad son sujetos de derechos.
¿Qué significa ser sujetos de derechos?
Implica reconocer que el niño tiene derechos. Esta nueva concepción surge en la Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento que forma parte de nuestra Constitución Nacional.
¿Cuál es el objetivo de la Convención sobre los Derechos del Niño?
Se busca lograr que los gobiernos cumplan con sus obligaciones. El 4 de octubre de 2002, el Comité de los Derechos del Niño expresó su preocupación a cerca de la ley vigente en materia de infancia -Ley de Patronato que data de 1919- y remarcó que muchas de las leyes provinciales no cumplen con las previsiones y principios sentados en la Convención. Por ello, pidió al Estado Argentino que tome las medidas necesarias para adoptar legislación y adecuar, a la Convención, los mecanismos de implementación de esas leyes, cumpliendo con las previsiones y principios, dentro de lo que se encuentra considerar al niño como sujeto de derechos.
¿Existe la posibilidad de crear una nueva ley?
Se está evaluando la sanción de una nueva ley de Protección integral de los niños, niñas y adolescentes. Su objetivo fundamental será cumplir con las bases establecidas en la Convención, puesto que las leyes que aún siguen siendo aplicadas en nuestro país tienen, parafraseando al Dr. Solari, letrado especializado en la problemática de la niñez, “sentencia de muerte”.
Ser niño no es simplemente una etapa de transición, es el momento de la vida para sentar nuestras bases como personas, es el momento para abrir el cofre que cada uno lleva consigo y descubrir sueños, aventuras y lo más importante, descubrir quienes deseamos ser realmente. (1889)
(*) Abogada / Prof. para EGB con especialidad en Literatura Infantil.
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