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Periódico Judío Independiente
La justicia social en el judaísmo
Por Moshé Korin
Comprender que la triangulación conceptual que se establece entre los términos “tzedek” (“justicia”), “tzedaká” (“caridad”) y “tzadik” (“justo”) permite hacernos ver el entramado ético fundante del judaísmo, siendo éste uno de nuestros pilares basales. No se trata de un ejercicio menor ni de una mera aplicación de reglas semánticas, sino que nos permite develar la importancia de estos lineamientos éticos y morales para con el otro; importancia que hunde sus raíces, hace milenios, en nuestras sagradas escrituras.
El razonamiento conductor entre los tres conceptos podría ser resumido en las siguientes afirmaciones. Por un lado, la carencia de un sistema de justicia conduce a un caos social, pero además si no se mantiene una estructura social con una conciencia de comunidad, la justicia es por sí sola insuficiente. Para poder mantener un contrato social que cohesione a una sociedad son necesarios los comportamientos, las prácticas que conllevan el ideario y la concreción de los valores caritativos y de los individuos justos.
Tal como en una poderosa síntesis expresaba el profeta Isaías:
“Y el acto de caridad (tzedaká) traerá paz y el trabajo de la caridad traerá tranquilidad y seguridad” (Isaías, 32:17)
Concepción que también refuerza la aseveración de Hilel cuando dijo:
“Aquel que hace más caridad, trae más paz”
En la actualidad esto pareciera ser –al menos en su aspecto discursivo- algo evidente y sabido, sin embargo nuestros maestros y sabios judíos ya lo sabían y lo ensañaban a los nuestros, miles de años atrás. Era esta estructura basal socio-político y económica la que intentaban crear para el judaísmo en particular y para el ordenamiento humano en general.
Estructura que no hace primar un aspecto por sobre el otro, es decir, por ejemplo, la paz económica y social como primordiales sobre el aspecto moral de cuidado de las necesidades de nuestros semejantes; ambas dimensiones son indisolubles para el judaísmo, y es por ello que su raíz semántica es la misma.
Lo concreto de los mandatos bíblicos
El valor fundamental de esta concepción se entrama en nuestra Torá con expresos señalamientos de prácticas concretas a seguir, lo cual da cuenta de su fundamental importancia.
Podemos hallar en nuestra Biblia distintas leyes que son una tributación social para el beneficio de los pobres.
Entre ellas, las que se refieren a la agricultura –esencia de la economía de aquel entonces. Es deber de cada propietario de tierra, dejar en su campo, en el tiempo de cosecha, sus instrumentos de cultivo: espigadera (“leket”); la gavilla olvidada (“Shikejá”) y además el diezmo para el pobre (“pe´ah”); siendo todo esto una contribución para el hombre sin recursos económicos suficientes (Deuteronomio).
En la misma línea se inscribe el concepto de “shemitá” – descanso de la tierra cada séptimo año, no permitiendo a los dueños de los campos recoger lo que crezca, pero sí a los humildes, para que “los pobres de tu pueblo puedan comer”.
También rige la ley del jubileo (“Iovel”), que consiste en la devolución de las tierras a sus propietarios originales cada 50 años; además trae, esta ley del jubileo, una moratoria sobre las deudas.
Si bien alguna de estas prácticas específicas pueden ser hoy -en cierta medida- anacrónicas, analizadas en las premisas que vehiculizan, que suponen y de las cuales se desprenden, se comprende su vigencia y la imperiosa necesidad actual de llevarlas adelante.
En su esencia, todas reflejan aquel mandato bíblico que nos señala:
(…) “no endurecerás tu corazón ni cerrarás tu mano a tu hermano necesitado; sino que con seguridad deberás abrir tu mano hacia él y le darás lo suficiente para cubrir sus necesidades”. (Deuteronomio, 15:7-10)
El deber del cuidado
El cuidar del otro no es para el judaísmo meramente una opción posible para una persona altruista. Para los judíos el cuidar del otro es un deber. Y cabe recalcar que el sentido usado para especificar al “otro” es el sentido más amplio y humano concebible de “otro”, es decir, no simplemente se trata del otro cercano, próximo, conocido, sino que además se incluye el otro lejano, ajeno, desconocido, pero parte de la humanidad. Y es precisamente a la humanidad a la que se cuida cuando se cuida al otro, que en determinada situación nos presenta un rostro particular de ella.
Se trata, entonces, para el judaísmo de un código social de comportamiento, bien distinto de la utopía de que no existan más pobres; la más hermosa por cierto, pero lamentablemente jamás realizada como efectivamente posible y jamás concretada en la historia más que ilusoriamente.
Ahora bien, ante la inexistencia de la concreción de algo sumamente valorado hay dos opciones: o se lo declara imposible por no adecuarse a la realidad con el ideal absoluto, o bien se intenta el arduo sendero de hacer posibles esos valores en esa realidad ya evidenciada. Y es este último, el camino señalado por nuestro judaísmo.
Por otra parte, debemos señalar que sería por demás erróneo suponer que se trata de un gesto exigido a las clases pudientes, su valor y significado es más profundo.
Escribió alguna vez en el siglo XIII, Maimónides (el Rambam) en su “Mishne Torá”, en el capítulo titulado “Las leyes de dar al Pobre”:
“Si el pobre te pide y no tienes nada en tus manos para darle, tranquilízalo con tus palabras. Está prohibido reprochar a un hombre pobre o levantarle la voz en un grito, porque su corazón está destrozado y contrito y está escrito, Oh Dios, no despreciará ´un corazón destrozado y contrito´ (Salmos, 51:19) (…) ¡Guay de aquel que hubiere humillado a un hombre pobre, pobre de él! Debería ser más bien como un padre, con compasión y con palabras, como está escrito, ´Fui un padre para el pobre´(Job, 29:16).”
El gran sabio Maimónides nos proporcionó una exquisita jerarquía de los grados de caridad. Estos se clasifican en ocho, comenzando por el más elevado de ellos.
1) El grado más alto incluye las acciones de dar un regalo o préstamo, tomar a alguien como socio o encontrarle un empleo para que pueda ser autosuficiente.
2) Dar sin saber a quién se da y sin que el que recibe sepa de quién recibe.
3) Dar a quien se conoce aunque el que lo recibe no conozca la identidad del donante.
4) Dar sin saber a quién se da, aunque el que lo recibe conozca a quien dona.
5) Dar antes de que se le pida.
6) Dar después de que se le pida.
7) Dar inadecuadamente aunque cortésmente.
8) Dar de mala gana.
Un principio insoslayable para el judaísmo de conducta justa, es el de dar –en cualquiera de sus formas- de modo tal que jamás se avergüence a quien recibe. Así nos lo recuerda el relato de cuando Rabí Yanai vio a alguien dar monedas a un hombre pobre en público y dijo: “Hubiese sido mejor no darle nada, que darle y haberlo avergonzado”.
Creo que el mejor corolario para cerrar estas palabras es recordar la idea central judaica de Tikkum Olam (“ayudar a corregir el mundo”), pues de este maravilloso núcleo ético y mandato medular, se derivan los demás.
Es esta nuestra obligación como judíos: esforzarnos por hacer un mundo mejor. Éste es nuestro deber para con nuestro judaísmo, para con el mundo y con la historia.

Número 496
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